CAPITULO I Ley No. 46 del 29 de abril de 1.905
Resumen
Art. Io Créase el Departamento de Tundama, cuya capital será la ciudad de Santa Rosa de Viterbo, y se compondrá de las Provincias de Gutiérrez, Norte, Tundama y Sugamuxi, por sus límites actuales.
Art. 2o Las Provincias de Neira, Tenza, Centro, Nariño, Ricaurte y Occidente, por sus límites actuales, formarán el Departaento de Boyacá, con capital en Tunja.
Art. 2o Las Provincias de Neira, Tenza, Centro, Nariño, Ricaurte y Occidente, por sus límites actuales, formarán el Departaento de Boyacá, con capital en Tunja.
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